Tratamientos honoríficos en España

La Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, que entró en vigor el pasado veinte de abril, ha derogado expresamente el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2005 que aprobó el Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, cuyo apartado tercero, punto 8, dispuso que «El tratamiento oficial de carácter protocolario de los miembros del Gobierno y de los altos cargos será el de señor/señora, seguido de la denominación del cargo, empleo o rango correspondiente». Desaparece, por tanto, la polémica “supresión” de los tratamientos de Excmo./a e Ilmo./a Sr. /Sra. que dicho Código de Buen Gobierno estableció en su momento y cuyo verdadero alcance y efectos han sido tan debatidos estos últimos años.

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