Uso indebido de uniformes, insignias y condecoraciones

La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, que tiene prevista su entrada en vigor el próximo 1 de julio de 2015, contempla en su art. 36.14 como infracción grave, susceptible de ser castigada con multa de 601 a 30.000 euros, “El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos, así como otros elementos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use, cuando no sea constitutivo de infracción penal”. Celebramos esta iniciativa legal que sin duda contribuirá a contener ciertos abusos de nuestras instituciones premiales que esta Real corporación viene denunciando desde hace mucho tiempo.

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